Tony Rodríguez
Extranjeros que deseen acogerse al plan deben hacerlo en
un plazo de 18 meses a contar desde junio 2014.
El Ministerio de Interior y Policía, a través de la
Dirección General de Migración está a cargo de la ejecución del Plan de
Regularización de Extranjeros, y podrá auxiliarse de otras instituciones del
Estado, como es el caso de la Junta Central Electoral.
Todo extranjero que desee acogerse al Plan, deberá
presentarse personalmente a unos de los establecimientos dispuestos para los
fines.
La solicitud de acogerse al Plan debe ser firmada por el
ciudadano interesado y proceder a la captación de sus datos biométricos.
Debe presentar cualquiera de estos documentos:
Pasaporte o documento de viaje.
Documento de identidad personal emitido por el país de
origen.
Acta de nacimiento del país de origen.
Los ejes básicos para la regulación son:
Tiempo del ciudadano en el país.
Vínculos con la sociedad dominicana.
Condiciones laborales y socioeconómicas.
Regularización de personas individuales o por familia.
Entre otros requisitos, tener constancia de un grado
educativo, poseer propiedades muebles o inmuebles, cuentas bancarias o
referencias comerciales, contar con un empleo regular durante el tiempo de su
permanencia y ejercer un oficio técnico certificado.
Los beneficiarios podrán obtener diferentes categorías migratorias (residencias permanentes,
temporales o no inmigrantes), conforme establecen la Ley de Migración y
el Reglamento Migratorio de República Dominicana.
El punto de partida del Decreto es la fecha del
19 de octubre de 2011, cuando fue aprobado el Reglamento 631-11 que complementa
la Ley General de Migración número 285-04.
La sentencia 168-13 instruyó al Poder Ejecutivo a disponer de un Plan de
Regularización de Extranjeros en condiciones de ilegalidad dentro de la
República Dominicana.
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